Una estación de servicio de Pergamino deberá pagar $7 millones por cargar nafta a un auto diésel
El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino condensationó a una estación de servicio que cargó nafta en un Renault Clio diésel y destruyó su motor. La sentencia incluye daños materiales, morales, lucro cesante y una multa civil.
Una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires, deberá abonar $7.010.000 más intereses a un cliente de 26 años cuyo Renault Clio diésel recibió nafta en lugar de gasoil. El error de carga dañó el motor y dejó el vehículo inutilizable durante el período de reparación.
El error ocurrió al salir del surtidor
El hecho se registró el 15 de octubre de 2022. El joven llegó a la estación para cargar gasoil por $2.000, pero el empleado despachó nafta. Al retirarse del surtidor, el automóvil comenzó a fallar y se detuvo a pocos metros. El propio playero reconoció la equivocación.
El vehículo fue trasladado sin encender hasta un taller cercano. Después de las tareas de revisión, el conductor lo retiró, pero el motor volvió a apagarse a menos de una cuadra y no funcionar. Según la pericia mecánica, la nafta dañó el sistema de inyección por falta de lubricación. La reparación requirió vaciar el tanque, limpiar el circuito de combustible y cambiar filtros. En ciertos casos, también fue necesario reemplazar inyectores y la bomba.
“El tribunal aplicaró el principio de carga dinámica de la prueba: la empresa estaba en mejores condiciones de explicar lo ocurrido y no lo hizo.”Sentencia del Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino
La empresa negó responsabilidad, cuestionó la documentación y sostuvo que los montos reclamados eran excesivos. El juzgado rechazó esa postura. Para reconstruir la secuencia, tomó en cuenta el comprobante de pago, los testimoniosilogue de la audiencia y el informe pericial.
La condena incluye cuatro conceptos
- Daño material: $3.500.000, tomando como base el presupuesto de reparación validado por el perito.
- Lucro cesante por la falta de uso del vehículo: $210.000.
- Daño moral: $1.800.000, por las gestiones realizadas, el reclamo ante organismos de defensa del consumidor y la necesidad de llegar a juicio.
- Daño punitivo: una multa civil de $1.500.000, destinada a desalentar conductas que dejen a los consumidores en una situación de desigualdad frente a proveedores profesionales.
La sentencia encuadró el caso como una relación de consumo. El pagado deberá efectuarse dentro de los diez días posteriores a la notificación. Los intereses correrán desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material. Las costas del juicio quedaron a cargo de la estación de servicio. La próxima instancia será el pago de la condena, conforme a los plazos establecidos en el fallo.
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