Ahorros fuera del sistema: qué cambia para depositar dólares con menos trámites
La UIF fijó un tope anual de 100 millones de pesos para acceder a una diligencia reducida al ingresar divisas guardadas fuera de los bancos.
La Unidad de Información Financiera publicó una resolución que define cómo deben proceder los bancos, las billeteras virtuales, las sociedades de bolsa y los escribanos cuando un cliente adherido al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias quiera depositar ahorros que mantuvo fuera del circuito formal. La norma busca reducir la documentación exigida a quienes tienen dólares en efectivo y desean incorporarlos al sistema financiero.
El umbral de 100 millones de pesos
El eje de la medida es un tope de 100 millones de pesos acumulados en el año calendario, que equivalen a unos 64.000 dólares al tipo de cambio oficial. Por debajo de ese monto, la entidad no puede exigir que se documenten todas las compras de divisas realizadas a lo largo del tiempo, ni tratar el depósito en efectivo como una señal de riesgo en sí misma. Según el material de base, sí se mantienen la obligación de identificarse y la de demostrar la adhesión al régimen.
Como ejemplo, el abogado tributarista Diego Fraga señaló que una persona que quiera ingresar ahorros por 80 millones de pesos, sin otras operaciones computables en el año, no debería reunir los comprobantes de cada compra de divisas realizada en el pasado.
Qué ocurre por encima del tope
- La entidad debe analizar el perfil del cliente, su actividad económica y la razonabilidad de la operación.
- La adhesión al régimen simplificado debe computarse como antecedente favorable.
- Ese antecedente no puede descartarse mediante políticas internas de carácter genérico.
Protección para las entidades y excepciones
La resolución incluye una cláusula que considera cumplidas las obligaciones de los bancos cuando aplican correctamente los criterios simplificados, aun si después se determina que el cliente no reunía las condiciones. La excepción se aplica cuando la entidad conocía o debía conocer la situación irregular. Quedan fuera del beneficio las personas con exposición política, los grandes contribuyentes nacionales y quienes presenten indicios objetivos de operaciones estructuradas para mantenerse artificialmente por debajo del tope anual.
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