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VIE, 09 OCT 2026
Economía

Casas particulares: los sueldos mínimos trepan 1,7% en octubre y suman un tramo no remunerativo al básico

La actualización corresponde a la Resolución 6/2026 y se suma al calendario que fija subas escalonadas hasta diciembre. La liquidación exige revisar categoría, modalidad, antigüedad, zona y horas extra.

RS
Romina SchneiderEconomía y producción · · lectura 2 min
Casas particulares: los sueldos mínimos trepan 1,7% en octubre y suman un tramo no remunerativo al básico

El personal de casas particulares arrancó octubre con una suba de 1,7% en los salarios mínimos respecto de las escalas vigentes en septiembre, según lo previsto por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. El ajuste alcanza tanto a las retribuciones por hora como a los sueldos mensuales, y se ubica por debajo del 1,8% aplicado el mes previo, en línea con la desaceleración gradual del cronograma oficial.

De acuerdo con el calendario trazado por la Resolución 6/2026, las subas fueron de 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% en noviembre y diciembre. La comparación con el cierre de 2025 muestra una variación acumulada que, para quienes perciben el haber mínimo de la actividad, se ubica en el rango que surge de aplicar esos incrementos sucesivos sobre las escalas de diciembre pasado (Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares).

Un componente que pasa al básico

Además del porcentaje, la liquidación de octubre incorpora un cambio estructural: la mitad de la suma no remunerativa abonada en agosto se suma al salario básico. Ese adicional, que se pagó por única vez el mes anterior, había sido de entre 8.000 y 20.000 pesos, de acuerdo con la cantidad de horas trabajadas por semana. Con el traslado, una parte de ese monto deja de ser excepcional y queda incorporada al haber de referencia.

  • Antigüedad: 1% del salario por cada año de servicio para el mismo empleador, considerando únicamente esa relación laboral.
  • Zona desfavorable: 31% de adicional para La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y el partido bonaerense de Patagones.
  • Horas extra en días hábiles: recargo del 50%.
  • Horas extra después de las 13 de un sábado, o en domingos y feriados: recargo del 100%.

El monto final que figura en el recibo depende, en todos los casos, de la categoría de la trabajadora y de la modalidad pactada, con retiro o sin retiro. Antes de armar la liquidación, conviene revisar la tarea efectivamente realizada y la jornada convenida, ya que ambos factores inciden en el básico que se toma como punto de partida para los adicionales.

La variable a seguir en noviembre

Para los empleadores y las trabajadoras, el foco pasa ahora a noviembre, cuando entrará en vigencia el último tramo del cronograma con un alza de 1,6% y cuando se completará la integración al básico de la otra mitad de la suma no remunerativa abonada en agosto. El indicador a mirar el mes próximo es, justamente, la escala actualizada que publique la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y la confirmación del porcentaje que se aplicará sobre los haberes de ese período.

RS
Romina SchneiderEconomía y producción

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